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Normativa Española sobre Alarmas y otros sistemas de seguridad

Normativa alarmas

La normativa sobre alarmas en España no solo atañe a las empresas, instalaciones o viviendas donde se coloquen los sistemas de seguridad. También hace referencia a la Central Receptora de Alarmas (CRA). En dicha normativa se exige que las empresas de seguridad estén atentas a cualquier comunicación y cuenten con un número de empleados proporcional al número de conexiones (con un mínimo de dos operadores en cada turno).

La instalación de un sistema de alarma





El sector de las alarmas es bastante desconocido. Así, es normal que te asalten un millar de dudas en el momento de lanzarte a proteger tu finca, negocio o vivienda habitual (o vacacional). Por eso queremos hablarte de la normativa sobre alarmas en España.

¿Es necesario contar con una identificación emitida por una empresa especializada en el sector para poder instalar un sistema de seguridad con alarmas? Pues sí: para garantizar la legalidad de estos sistemas de protección antirrobo tiene que instalarlos una empresa que esté inscrita en el registro que corresponde a la seguridad de alarmas. Esto te garantizará que los sistemas cumplan perfectamente con los requisitos aprobados en la normativa.

Ley alarma EspañaLa Orden INT/316/2011 del 1 de febrero indica el modus operandi concreto para las empresas de seguridad. En el instante en el que se produzca una intrusión y una alarma se dispare, las empresas deben comunicarse con suma rapidez con el servicio de seguridad del Estado o con la Policía Nacional para informarles.

¿Eso quiere decir que no puedes instalar una alarma sin cuotas? Rotundamente no. Lo único que debes tener en cuenta si decides optar por este tipo de instalación es que no puedes grabar en la vía pública ni en el interior de tu propiedad si hay trabajadores y estos no han sido informados.

Por otro lado, es obligatorio colocar un cartel avisando de que existe este sistema de seguridad, así como cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Tipos de verificación en los sistemas de alarmas

La normativa sobre alarmas en España establece tres tipos diferentes de verificación para los sistemas de alarma en función de la tecnología que utilice tu equipo, y cómo deben comportarse los empleados de la empresa en cada caso. Veámoslos.

Verificación secuencial





Es el sistema más antiguo de verificación. Los detectores de movimiento captan la presencia de un intruso y desde la CRA se constata que algo ha hecho saltar la alarma, aunque se desconoce lo ocurrido. Si es una finca rústica el salto puede producirse, por ejemplo, por la presencia de un animal. Para considerarlo como un salto real han de saltar tres detectores diferentes en un intervalo inferior a media hora.

Verificación por captación de audio

Esta verificación consiste en la recepción de un audio de lo que sucede en el interior del lugar. Se suele combinar con el procedimiento de verificación secuencial. Así, si solo salta un detector de movimiento, se procede a captar el audio en la propiedad. En caso de que el audio indique que se está produciendo una intrusión, se confirma el salto real de alarma.

Videoverificación

Sin duda, es el procedimiento más completo. Los detectores de movimiento incorporan una cámara que se activa y transmite en vídeo lo que sucede a la CRA. De este modo se tiene la certeza de lo que acontece en la propiedad. Este método es el más seguro y efectivo de todos, y si se avisa a la policía se tendrá la certeza de que no se trata de un falso positivo.

Y esto es solo el principio: la normativa sobre alarmas en España es bastante completa. Regula a las empresas para evitar que puedas ser objeto de un fraude en la instalación, y garantiza que recibas un servicio adecuado como cliente de las mismas.